Si has sufrido un accidente en el trabajo o de camino a él, tienes derecho a reclamar las prestaciones de la Seguridad Social y una indemnización por daños y perjuicios. Te ayudamos a acreditar la responsabilidad de la empresa y a obtener la máxima compensación posible.

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Cómo reclamamos por ti

Analizamos la responsabilidad Estudiamos si el accidente es de trabajo o in itinere, si la empresa incumplió medidas de seguridad y si procede el recargo de prestaciones de la Seguridad Social por infracción de normas de prevención.

Reclamamos la máxima indemnización Negociamos con la mutua, la empresa y la Seguridad Social para obtener la máxima indemnización posible, tanto en vía administrativa como judicial ante el Juzgado Social.

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Conocemos a fondo los mecanismos de reclamación ante empresas, mutuas y la Seguridad Social, y maximizamos todas las vías para conseguir la compensación que te corresponde.

Colaboramos con médicos especialistas para valorar correctamente las secuelas y calcular la indemnización real que merece tu caso.

Te acompañamos desde el primer momento hasta el cobro de la indemnización, informándote en cada paso del proceso sin costes adicionales si no ganamos.

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Preguntas frecuentes sobre accidentes laborales

Respuestas a las dudas más habituales sobre accidentes de trabajo y reclamaciones de indemnización.

¿Cuándo se considera un accidente como accidente de trabajo?
Se considera accidente de trabajo cualquier lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo. Incluye los accidentes in itinere (de camino al trabajo o de vuelta), los accidentes durante desplazamientos laborales y las enfermedades que se derivan del trabajo.
¿Qué indemnizaciones puedo reclamar si tengo un accidente de trabajo?
Puedes reclamar: las prestaciones de la Seguridad Social (IT, IPP, IPT, IPA), el recargo de prestaciones si la empresa incumplió medidas de seguridad (del 30% al 50%), y la indemnización por daños y perjuicios ante la jurisdicción civil o social.
¿Cuál es el plazo para reclamar?
El plazo varía según la acción. El recargo de prestaciones debe reclamarse en el plazo general de prescripción. Para la indemnización civil, el plazo es de 1 año por responsabilidad extracontractual. Consúltanos pronto para no perder derechos.
¿La empresa puede despedirme estando de baja por accidente laboral?
No directamente por la causa de la baja. Si el despido tiene como motivo real el accidente o la baja médica, puede ser declarado nulo por vulneración de derechos fundamentales, con derecho a readmisión y salarios de tramitación.
¿Puedo reclamar si la culpa es parcialmente mía?
Sí. La culpa concurrente del trabajador no excluye la responsabilidad de la empresa si ésta incumplió las normas de prevención. El juez puede moderar la indemnización en función del grado de culpa de cada parte.
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